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Especies protegidas en todo el territorio Español

Enviado por Maria LLácer el 23/10/2009 a las 13:15
Maria LLácer

  Búho filipino (Bubo philippensis

Está prohibido capturar cualquier animal que no esté calificado como Pieza de caza. Existen otras normas específicas para una larga lista de animales que comprenden una serie de mamíferos, más de 300 aves y la casi totalidad de los reptiles y anfibios existentes en España. las listas completas aparecen reflejadas en los Anexos 1 y 11 del Real Decreto 439/1990, de 30 de marzo, por el que se regula el Catálogo Nacional de Especies Amenazadas.

Entre los mamíferos protegidos destacan el oso pardo, el lince, el gato montés, la nutria y la cabra montés del Pirineo de Huesca (bucardo).

Aves como el urogallo, la perdiz nival,  la avutarda, el sisón, el alcaraván y la ganga, entre otras, se encuentran hoy estrictamente protegidas, así corno todas la rapaces, diurnas y nocturnas, y las aves marinas, excepto tres especies de gaviotas.

No se puede disparar sobre garzas, cigüeñas, espátulas, flamencos, cisnes, tarros, grullas y otras aves de gran tamaño.

Salvo dos especies de agachadizas, la codorniz, cuatro especies de zorzales y los estorninos, está prohibido dar muerte a las restantes aves de tamaño igual o inferior a las mencionadas. Entre estas aves de pequeño tamaño se encuentran todas la conocidas comúnmente como pájaros.

 A raíz, de la sentencia del Tribunal Constitucional de fecha 26 de junio de 1995, se declaró inconstitucional el artículo de la Ley 4/89 de Conservación de los Espacios Naturales posteriormente desarrollado en el Real Decreto 1095/89, por el que se declaran las especies objeto de caza y pesca y se establecen normas para su protección. Por tanto, son ahora las propias comunidades autónomas las que determinarán las especies cazables en su territorio, siempre en consonancia con la legislación comunitaria

BOE núm.  82 de 5-4-1990

 REAL DECRETO 439/1990, de 30 de Marzo, por el cual se regula el Catálogo Nacional de Especies Amenazadas

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